REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL: ¿Qué Obras son Registrables?
1. Obras que se pueden registrar:
Se pueden registrar todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas en cualquier medio o soporte, tangible o intangible, ya sea conocido en la actualidad o que se desarrolle en el futuro. Esto incluye:
- Libros, folletos, impresos, epistolarios, escritos, discursos, alocuciones, conferencias, informes forenses y otras obras de naturaleza similar.
- Composiciones musicales, con o sin letra.
- Obras dramáticas y dramático-musicales, coreografías, pantomimas y en general, obras teatrales.
- Obras cinematográficas y audiovisuales.
- Esculturas y obras de pintura, dibujo, grabado, litografía y obras plásticas, aplicadas o no.
- Proyectos, planos, maquetas y diseños de obras arquitectónicas e ingeniería.
- Gráficos, mapas y diseños relacionados con la topografía, geografía y la ciencia en general.
- Obras fotográficas y obras expresadas mediante procedimientos similares a la fotografía.
- Programas de ordenador.
Además, están sujetas a propiedad intelectual:
- Traducciones y adaptaciones.
- Revisiones, actualizaciones y anotaciones.
- Compendios, resúmenes y extractos.
- Arreglos musicales.
- Transformaciones de obras literarias, artísticas o científicas.
También se registran colecciones de obras ajenas, datos u otros elementos independientes como antologías y bases de datos que, por la selección o disposición de contenidos, constituyan creaciones intelectuales.
También pueden registrarse interpretaciones, ejecuciones o producciones de titulares como artistas intérpretes, productores de fonogramas, productores de grabaciones audiovisuales, entidades de radiodifusión, realizadores de fotografías y más.
2. Obras que no se pueden registrar:
No se registran diseños industriales, patentes, inventos, denominaciones, marcas, logotipos, ya que están protegidos por la legislación de Propiedad Industrial.
Tampoco se registran juegos, sistemas, proyectos, ideas, técnicas, métodos, conceptos, procedimientos, principios matemáticos, fórmulas, algoritmos ni conceptos científicos o técnicos.
Además, no se registran disposiciones legales, reglamentarias, proyectos, resoluciones de órganos jurisdiccionales, actos y acuerdos de organismos públicos, así como sus traducciones oficiales.
En resumen, nuestro servicio de Registro de Propiedad Intelectual busca salvaguardar las creaciones artísticas y literarias, asegurando una protección legal adecuada en el ámbito de la propiedad intelectual.
Pasos para Solicitar el Registro de una Obra
Solicitar el registro de una obra es un proceso que asegura la protección legal de su propiedad intelectual. A continuación, se presentan los pasos a seguir:
Instrucciones y Preparación:
Asegúrese de obtener las instrucciones específicas, impresos y tasas necesarias para la obra, actuación o producción que desea registrar. Estos detalles son esenciales y únicamente válidos para solicitudes de inscripción presentadas en el Registro Central.
Preparación de Documentos:
Siga las instrucciones proporcionadas para completar los formularios de solicitud y preparar la documentación requerida. Asegúrese de incluir todos los detalles necesarios sobre la obra y el solicitante.
Presentación en Oficina Provincial o Registro Central:
Si va a presentar su solicitud en una Oficina Provincial dependiente del Registro Central, asegúrese de llevar los formularios, documentos y tasas necesarios. Las instrucciones, impresos y tasas son obligatorios en este caso.
Revisión y Procesamiento:
Una vez presentada la solicitud, los profesionales encargados revisarán los documentos y verificarán que cumplan con los requisitos establecidos.
Emisión del Registro:
Si se aprueba la solicitud y se cumple con todos los requisitos, se procederá a la emisión del registro de la obra. Esto asegura la protección legal de su propiedad intelectual.
Recuerde que el proceso puede variar según la jurisdicción y el tipo de obra que esté registrando. Siempre es recomendable seguir las instrucciones proporcionadas por la entidad responsable y asegurarse de cumplir con todos los pasos necesarios. La solicitud de registro de una obra es una forma valiosa de proteger sus creaciones y asegurarse de que se reconozca y respete su propiedad intelectual.